Desde el año 2018, en España, los usuarios tienen el derecho de portabilidad de sus datos personales «pueden ser transmitidos directamente de una entidad o empresa a otra, sin necesidad de ser entregados al propio usuario, siempre que ello sea técnicamente posible«. Es decir, un usuario puede pedir transmitir sus datos de un proveedor a otro diferente, sin necesidad de que los datos pasen por el propio usuario.
Este nuevo derecho a la portabilidad de datos puede ejercerse:
- Cuando el tratamiento de datos se efectúe por medios automatizados.
- Cuando el tratamiento se base en el consentimiento o en un contrato.
- Cuando un usuario lo solicita con respecto a los datos que él mismo ha proporcionado a quien los está tratando y que le conciernan, incluidos los datos derivados de su propia actividad.
No obstante, no es aplicable:
- A los datos que el usuario haya facilitado sobre terceras personas.
- En caso de que el usuario haya solicitado la portabilidad de datos que le incumban pero que hayan sido proporcionados al responsable a través de terceros.
Fuente: https://www.aepd.es/es/prensa-y-comunicacion/blog/que-es-el-derecho-la-portabilidad