Las denuncias presentadas a la Agencia Española de Protección de Datos aumentan cada día, bien sea porque los ciudadanos cada vez son más conocedores de sus derechos o bien porque las empresas, cada vez más digitalizadas, cometen más infracciones por desconocimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
Entonces, como usuarios, ¿cómo debemos actuar a la hora de denunciar ante la Agencia de Protección de Datos?
Antes de nada, intenta ejercer tus derechos
Si tienes sospechas o pruebas de que se está haciendo un uso ilegítimo de tus datos, en primer lugar guarda un registro de todas las pruebas que tengas: emails, conversaciones de WhatsApp, SMS, registros de llamadas o grabaciones… Todo es útil si, el proceso de denuncia avanza. Después, reclama ante la persona o entidad responsable del tratamiento de datos, a través de un escrito con tu petición vía email, preferiblemente.
Si tras enviar tu reclamación, no obtienes respuesta en el periodo de un mes o no atienden la solicitud, ya podrás reclamar ante la AEPD.
Comenzando la reclamación con la AEPD
La Agencia Española de Protección de Datos, en su sede electrónica, dispone de un formulario en su web donde efectuar la denuncia. Además de exponer los motivos, deberás incorporar algunos datos personales como tu DNI. Este trámite puede agilizarse aportando todas las pruebas posibles, como comentábamos previamente, es importante recopilar toda la información posible.
¿Cuándo puede rechazar la AEPD mi denuncia?
Existen varios motivos para que una denuncia no sea llevada a trámite:
- Cuando no estén relacionadas con la protección de datos
- Sean abusivas
- No exista un motivo de denuncia
- Si el responsable del tratamiento de datos al que se está denunciando, ha tomado ya las medidas exigidas por la normativa.
En este punto debemos destacar que, tras el procedimiento legal, la sanción que pueda imponerse irá destinada exclusivamente al tesoro público. En el caso de que el afectado desee reclamar por daños y perjuicios, deberá denunciar por vía civil, llegando el caso a los Tribunales de Justicia.
Fases en que se establece el procedimiento de la AEPD
Fase 1: Investigación del caso
La investigación es llevada a cabo por el personal de la AEPD, ya sea a nivel nacional o a nivel Europeo en colaboración con la European Data Protection Board.
Fase 2: Acuerdo del inicio del procedimiento sancionador
Si tras la primera fase de investigación, la AEPD considera que el denunciado está cometiendo alguna infracción, se abrirá un «procedimiento administrativo sancionador» y la posible sanción que se impondrá.
Durante esta segunda fase, la persona denunciada y propuesta para sanción será notificada y dispondrá de un plazo de alegaciones.
Una vez pasado el plazo y recogida toda la información necesaria, la AEPD procederá a evaluarla y emitir una propuesta de resolución.
Fase 3: Resolución sancionadora
Una vez emitida la resolución y la sanción (si la hubiera), esta se notificará a la persona, empresa o entidad afectada y al denunciante. Si alguna de las partes no está conforme con dicha resolución, puede interponerse un recurso de reposición.
Motivos de sanción más comunes
Aunque siempre en los periódicos o redes sociales vemos los casos más sonados de sanciones millonarias a empresas como Google o Vodafone, cada día se imponen varias sanciones a pequeños negocios por motivos como:
- Enviar correos electrónicos vulnerando el derecho de privacidad de los destinatarios o publicidad excesiva
- Sistemas de videovigilancia instalados de forma incorrecta o sin señalizar
- Tratamiento de datos personales inadecuado
- Incumplimiento de la Política de cookies o avisos legales en páginas web
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