❗ Aviso: Fin del uso de datos biométricos en fichaje de entrada/salida

Nuevas exigencias por parte de la Agencia Española de Protección de Datos sobre el uso de la huella dactilar para fichar en el trabajo, que queda prohibido con carácter general. Esto significa que, a partir de ahora, las empresas no podrán utilizar este método para registrar la jornada laboral de sus empleados.

Las únicas excepciones a esta prohibición son los casos en los que el uso de la huella dactilar sea necesario para salvaguardar intereses públicos o de seguridad pública. Por ejemplo, en el caso de los funcionarios de prisiones o de las fuerzas de seguridad.

Las empresas que sigan utilizando la huella dactilar para fichar en el trabajo podrán ser sancionadas por la AEPD con multas pueden alcanzar los 20 millones de euros o el 4% de la facturación global de la empresa.

🔐 ¿Qué deben hacer las empresas?

Las empresas que utilicen la huella dactilar para fichar en el trabajo deben adaptar sus sistemas a la nueva normativa. Esto significa que deben sustituir o utilizar las alternativas en sus dispositivos de reconocimiento biométrico por otros métodos que no impliquen el uso de datos biométricos.

Algunos ejemplos de sistemas alternativos son:

  • El uso de tarjetas de identificación o dispositivos NFC.
  • Uso de códigos personales.

Las empresas deben adoptar las medidas necesarias para garantizar que los nuevos sistemas de control de acceso cumplan con los requisitos de seguridad y confidencialidad establecidos en el RGPD.

Si la empresa no cumple con esta obligación, el empleado podría reclamar sus derechos ante la AEPD, con todas sus implicaciones y riesgos.

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